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S. , J. C. c/ TRANSPORTE AUTOMOTOR PLAZA S.A.C.I. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y distribuyó la responsabilidad del siniestro en partes iguales entre el actor y los demandados.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Dano moral Incapacidad Franquicia de seguro Distribucion de responsabilidad Peaton

Daños y perjuicios por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y distribuyó la responsabilidad del siniestro al 50% entre el actor y los demandados. Condenó a los demandados a abonar $377.000 con intereses. Dispuso la operatividad de la franquicia a cargo de la víctima y la extensión de la condena a la aseguradora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se aplicó la normativa vigente al momento del hecho, anterior al Código Civil y Comercial.
- Correspondía aplicar la responsabilidad objetiva por ser el actor un peatón atropellado por un vehículo, correspondiendo a los demandados probar las eximentes.
- Las pruebas no acreditaron fehacientemente que el actor cruzara fuera de la senda peatonal o con el semáforo en rojo.
- Tanto el actor como el conductor del colectivo coadyuvaron a la producción del siniestro, por lo que corresponde distribuir la responsabilidad.
- Se fijaron los montos indemnizatorios por incapacidad, gastos y daño moral.
- La franquicia es oponible a la víctima de acuerdo a la jurisprudencia de la CSJN.

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