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SHAPIRA, MELINA GABRIELA c/ CHENAUT 1853/7 SA s/COBRO DE SUMAS DE DINERO

La actora promovió demanda por cobro de honorarios profesionales por servicios extrajudiciales prestados a la sociedad. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y fijó los honorarios de la actora en 192 UMA.

Cobro de honorarios profesionales Regulacion de honorarios Ley 27 423 Servicios extrajudiciales Administrador de hecho Excepciones procesales


- Actora: Melina Gabriela Shapira
- Demandada: Chenaut 1853/7 SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de honorarios profesionales por servicios extrajudiciales prestados a la sociedad

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente a la demanda. Se fijan los honorarios de la actora en 192 UMA (equivalente a $1.996.800 más IVA) Fundamentos principales:
- El juez de grado rechazó las excepciones de falta de legitimación pasiva y cosa juzgada opuestas por la demandada, decisión que se confirma.
- Si bien no procede el cobro de las facturas emitidas por la actora, dado que no había un contrato válidamente celebrado con la sociedad demandada, corresponde regular los honorarios por las tareas extrajudiciales efectivamente realizadas.
- Para fijar los honorarios, se consideraron las tareas de trámites ante la IGJ, asesoramiento general y en la operación de compraventa del terreno, aplicando los criterios de la ley 27.423 y la jurisprudencia de la CSJN sobre regulación de honorarios.
- Se modifica el plazo para el pago de los honorarios, que será de 10 días según lo dispuesto por la ley 27.423.
- Se rechazan los pedidos de sanción a la demandada y su letrada por no configurarse temeridad o malicia.

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