ALMARAZ, RAUL AUGUSTO c/ ESTADO NACIONAL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Rechazo del recurso de apelación por monto inferior al límite legal. Juez disidente considera que la sentencia es apelable.
DAÑOS Y PERJUICIOS
¿Qué se resolvió?
Se declaran mal concedidos los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia, por considerar que el monto cuestionado es inferior al límite legal de apelabilidad previsto en el art. 242 del CPCCN. Hay un voto en disidencia que considera que la sentencia es apelable.
Fundamentación:
- El tribunal está facultado para examinar la procedencia del recurso de apelación, más allá de la conformidad de las partes o la resolución del juez de primera instancia.
- El art. 242 del CPCCN establece un monto mínimo para la apelabilidad de sentencias y resoluciones, que ha sido actualizado por sucesivas acordadas de la CSJN.
- Se interpreta que el monto a considerar es el vigente al momento de la interposición del recurso, no al momento de la presentación de la demanda, a fin de actualizar el valor cuestionado.
- El voto en disidencia entiende que corresponde aplicar el monto vigente al momento de la presentación de la demanda, conforme lo dispuesto textualmente en el art. 242 del CPCCN.
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