CONS PROP CRAMER 3133/35 c/ BOZZOLI, GUSTAVO ADRIAN Y OTRO s/COBRO DE MEDIANERIA
El consorcio de propietarios reclamó el cobro de medianería contra los demandados. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y estableció la aplicación de la tasa de interés activa desde la fecha del dictamen pericial hasta el efectivo pago.
¿Quién es el actor?
Consorcio de propietarios Cramer 3133/35
- Demandados: Bozzoli Gustavo Adrián y otro
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de medianería
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció la aplicación de la tasa de interés activa desde la fecha del dictamen pericial hasta el efectivo pago. Confirmó lo demás resuelto. El perito determinó que el valor total de la medianera era de $1.254.279,20, correspondiendo al demandado abonar el 50% de dicho monto, es decir, $627.139,60. La Cámara consideró que no corresponde aplicar la tasa pasiva para el cálculo de los intereses, sino la tasa activa, a fin de resarcir adecuadamente al acreedor por la mora y desalentar el incumplimiento. Confirmó lo demás resuelto en la sentencia apelada.
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