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ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal por deuda originada en boleta de deuda contra la demandada. El Juzgado Federal de Moreno declaró expedita la ejecución y habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero a proceder hasta obtener el pago íntegro del capital e intereses, imponiendo las costas a la ejecutada.

Ejecucion fiscal Art. 92 ley 11.683 Agencia de recaudacion y control aduanero Intimacion de pago Boleta de deuda Costas Ejecucion expedita Juzgado federal de moreno Notificacion Publicacion (ac. csjn 10/2025).


¿Quién es el actor?

Actora (Agencia de Recaudación y Control Aduanero, en tanto se la habilita para ejecutar la deuda).

¿A quién se demanda?

la ejecutada (no se individualiza por nombre en el fallo disponible).
- Objeto de la demanda: ejecución de deuda proveniente de una boleta de deuda; trámite de ejecución fiscal conforme art. 92 de la ley 11.683 (modificada por ley 25.239).

¿Qué se resolvió?

Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada y se habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses. Se impusieron las costas del proceso a la ejecutada. Se ordenó registrarse, notificarse a la actora (quedando a su cargo la notificación al demandado), comunicarse a la Dirección de Comunicaciones y Gobierno Abierto de la Corte Suprema, publicar y archivar oportunamente.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcripos tal cual del expediente): "Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239." "Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía." (Dispositivo) "Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.
- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.
- Regístrese, notifíquese a la actora quedando a su cargo la notificación al demandado; comuníquese a la Dirección de Comunicaciones y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; publíquese (Ac. CSJN 10/2025) y oportunamente archívese."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente aportado; la parte resolutiva es única y prevalece.

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