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ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La actora (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) promovió ejecución fiscal por boleta de deuda contra la demandada. El Juzgado Federal declaró expedita la ejecución y habilitó a la Agencia para proceder hasta obtener el íntegro pago del capital e intereses, imponiendo las costas a la ejecutada.

Ejecucion fiscal Deuda Agencia de recaudacion y control aduanero Intimacion de pago Ley 11.683 Art. 92 Costas Juzgado federal de moreno Boleta de deuda Expediente fsm 61274/2025


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (actora).

¿A quién se demanda?

la ejecutada (no se individualiza por nombre en el texto).
- Objeto de la demanda: ejecución de deuda contenida en una boleta de deuda (ejecución fiscal) y cobro del capital reclamado más intereses.

¿Qué se resolvió?

Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada, quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda con más sus intereses; se impusieron las costas del proceso a la ejecutada; se ordenó registrar, notificar a la actora (a cuyo cargo queda notificar al demandado), comunicar a la Dirección de Comunicaciones y Gobierno Abierto de la Corte Suprema, publicar (Ac. CSJN 10/2025) y archivar oportunamente.
- Fundamentos principales (transcripción literal de los párrafos más relevantes): "Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239. Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía."
- Texto resolutivo (cita literal relevante): "Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.
- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.
- Regístrese, notifíquese a la actora quedando a su cargo la notificación al demandado; comuníquese a la Dirección de Comunicaciones y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; publíquese (Ac. CSJN 10/2025) y oportunamente archívese."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente.

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