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STIEBEN, JUAN ANIBAL Y OTRO c/ LARRAÑAGA, FERNANDO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Los actores reclamaron indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia, reduciendo los montos otorgados por incapacidad física pero aumentándolos por incapacidad psíquica, tratamiento psicológico y daño moral.

Accidente de transito Dano moral Tratamiento psicologico Intereses Incapacidad fisica Incapacidad psiquica

Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?


- Se rechaza el reclamo de incapacidad física y se fija $300.000 para cada actor por incapacidad psíquica
- Se fija $78.000 para cada actor por tratamiento psicológico
- Se fija $400.000 para cada actor por daño moral
- Se modifica la sentencia para que los intereses se devenguen desde la fecha del accidente a la tasa activa. Fundamentos relevantes:
- La incapacidad indemnizable es aquella que tiene carácter permanente y afecta la vida de relación de la víctima, más allá de la incapacidad laboral.
- El daño psíquico es un aspecto a considerar dentro de la incapacidad sobreviniente, no un daño autónomo.
- El tratamiento psicológico es un rubro indemnizable independiente de la incapacidad.
- El daño moral debe apreciarse en función de la entidad de las lesiones y sus consecuencias, sin que el porcentaje de incapacidad sea determinante.
- Los intereses deben aplicarse desde el hecho dañoso a la tasa activa, salvo que configure un enriquecimiento indebido.

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