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C., J. L. c/ AUTOPISTAS URBANAS S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en una autopista concesionada. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad psicofísica.

Accidente de transito Dano moral Incapacidad permanente Relacion de consumo Danos materiales Deber de seguridad Responsabilidad del concesionario

Daños y perjuicios por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

Se modifica la sentencia de primera instancia, aumentando la indemnización por incapacidad psicofísica a $537.000. Se confirma el resto de lo decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La relación entre el concesionario y el usuario constituye una relación de consumo, por lo que rige el deber de seguridad a cargo del concesionario.
- El concesionario incumplió el deber de seguridad al no mantener la vía libre de obstáculos previsibles, como el derrame de aceite.
- Para calcular la incapacidad psicofísica se aplican fórmulas matemáticas que determinan un capital que genere rentas para cubrir la disminución de la aptitud del damnificado.
- El daño moral por $40.000 se considera adecuado.
- Se confirma el monto de $13.000 por daños materiales.

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