EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. c/ GONZALEZ, JUAN ANTONIO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La aseguradora de riesgos del trabajo reclamó por pagos realizados a favor del trabajador. La Cámara modificó la sentencia y ordenó que los intereses se calculen desde el momento de cada pago efectuado.
¿Quién es el actor?
Experta Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿A quién se demanda?
Juan Antonio González y Compañía de Seguros La Mercantil Andina S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por pagos realizados a favor del trabajador González.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, estableciendo que los intereses deben computarse desde el momento de cada pago efectuado y no desde la fecha del hecho.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que el cómputo de los intereses debe iniciarse desde que nace la obligación de indemnizar, es decir, desde la fecha de cada pago realizado a favor del trabajador, y no desde el hecho. Esto se sustenta en el art. 1748 del Código Civil y Comercial.
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