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MARCOTE MARIA ANA c/ CLUB DAOM Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió demanda por daños y perjuicios sufridos en un accidente deportivo de hockey. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda, considerando que el hecho constituyó un accidente deportivo inherente a los riesgos de la práctica.

Danos y perjuicios Responsabilidad civil Obligacion de seguridad Accidente deportivo Riesgo inherente a la practica deportiva


¿Quién es el actor?

María Ana Marcote
- Demandados: Club Arsenal F.C., Club DAOM y Asociación Amateur de Hockey sobre Césped de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por accidente deportivo de hockey

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la demanda

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El accidente ocurrió durante el desarrollo normal de una jugada reglamentaria de "córner corto" en un partido de hockey, en el que una jugadora del equipo contrario elevó la pelota impactando en la cabeza de la actora.
- Los jueces consideraron que el hecho constituyó un accidente deportivo inherente a los riesgos de la práctica, sin que se haya acreditado una conducta antirreglamentaria o imprudente de la jugadora que ocasionó el daño.
- Tampoco se probó un incumplimiento de la obligación de seguridad por parte de los organizadores del evento, al no haberse demostrado que el clima agresivo y antideportivo fuera un factor que influyera en la jugada que derivó en las lesiones.

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