C, A c/ G, E R s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad psíquica, tratamiento psicológico y daño moral.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
Se modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, aumentando los montos por incapacidad psíquica ($ 950.000), tratamiento psicológico ($ 96.000) y daño moral ($ 450.000). Se confirmó el resto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Para determinar la incapacidad sobreviniente, deben considerarse los aspectos laborales, sociales, psíquicos y físicos de la víctima.
- El daño psíquico no es un rubro autónomo sino que se considera dentro de la incapacidad sobreviniente.
- El monto del daño moral debe permitir a la víctima procurarse satisfacciones equivalentes al daño sufrido.
- Los gastos médicos, de farmacia y traslado deben ser resarcidos, aunque no haya prueba documental, si son razonables.
- Los intereses se aplican desde la fecha del hecho, con la tasa activa del Banco Nación, salvo que genere un enriquecimiento indebido.
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