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SANCHEZ OMAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor, Omar Sánchez, demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional por entender que las Leyes 27.426, 27.541 y 27.609 lesionaron sus derechos. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°4 rechazó la demanda, consideró constitucionales las normas impugnadas y ordenó imponer las costas en el orden causado y regular honorarios por $490.560.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Sánchez Omar (titular del beneficio previsional N 15 5 5379515 0 4). Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Objeto: Reajuste del haber previsional y declaración de inconstitucionalidad de diversas disposiciones relacionadas con la fórmula de movilidad previsional (Leyes 27.426, 27.541 y 27.609) por entender que el cambio de fórmula lesionó derechos constitucionales y de tratados internacionales. Decisión: Se rechazó la demanda interpuesta por la parte actora; se impusieron las costas en el orden causado; y se regularon los honorarios de la dirección letrada de la parte actora en la suma de $490.560.
- Fundamentos principales de la decisión (textos tomados del fallo): "Respecto a la inconstitucionalidad de la Ley 27.426 ... coincido con el voto del Dr. Néstor Fasciolo ... conforme al cual 'a partir de su entrada en vigencia, las leyes se aplican a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes'." "Los anteriores índices de movilidad jubilatoria previstos por la ley 26.417 se encontraban en curso de constitución al tiempo de la entrada en vigencia de la nueva ley 27.426, por lo que la situación jurídica no se encontraba consolidada ... por lo que no hay una situación jurídica agotada o consumada bajo el anterior régimen que por el principio de irretroactividad obste a la aplicación de las nuevas disposiciones, en los términos del art. 7 del Código Civil y Comercial de la Nación..." "Ello pues, en primer lugar, la normativa cuestionada [ley 27.541] es de orden público, por lo que debe primar por sobre las razones invocadas por quien peticiona la declaración de inconstitucionalidad. ... la declaración de inconstitucionalidad de una ley o de alguna de sus partes, es un acto de suma gravedad institucional, que debe ser considerada como última ratio ... resultando procedente únicamente cuando la repugnancia de la norma con la Constitución sea manifiesta, clara e indudable". "Por último ... considero no alcanza a alterar los derechos constitucionales invocados por la parte actora." "Las restantes cuestiones planteadas se encuentran alcanzadas por el instituto procesal de la cosa juzgada en relación a la causa previa, de manera que se impone el rechazo de su pretensión." "Así resuelta la controversia, deviene abstracta la excepción de prescripción opuesta por la parte demandada y el tratamiento del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo." No existen votos en disidencia consignados; la decisión adoptada es la manifestada en el dispositivo citado.

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