SIBILLE, JUSTINE CLEMENCE ELEONORE s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
Solicitud de carta de ciudadanía por Justine Sibille. El Juzgado Federal de Córdoba otorgó la ciudadanía argentina por naturalización y emplazó a la solicitante a identificarse y jurar en el plazo de un año, ordenando las comunicaciones a Migraciones, RENAPER y Registro de Electores.
¿Quién es el actor?
SIBILLE, JUSTINE CLEMENCE ELEONORE (nacida 11/04/1992, Laxou, Francia; DNI 95.733.400).
¿A quién se demanda?
(procedimiento administrativo-judicial de naturalización; no existe parte demandada concreta).
- Objeto de la demanda: Solicitud de carta de ciudadanía y otorgamiento de la ciudadanía argentina por naturalización.
¿Qué se resolvió?
Se otorgó la ciudadanía argentina a la Sra. Justine C. E. Sibille, con los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne; se la emplazó a identificarse como argentina naturalizada en el plazo de un año para la extensión de la Carta de Ciudadanía y se ordenaron las comunicaciones pertinentes a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y al Registro Nacional de Electores.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual del fallo):
"1°.
- Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad del peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley n° 24.533 y su modificatoria n° 24.591."
"2°.
- Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Procurador Fiscal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente."
(Dispositivo) "1°.
- Otorgar la CIUDADANIA ARGENTINA a la Sra.: SIBILLE, JUSTINE CLEMENCE ELEONORE con los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne de lealtad a la República Argentina, a su Constitución y sus Leyes." / "2°.
- Emplazar al solicitante para que proceda a su identificación como argentino naturalizado en el plazo de un año, a cuyo fin se extenderá Carta de Ciudadanía y fotocopia de la presente Resolución bajo apercibimiento de ley (art. 35 de la Ley 17671 modificada por las Leyes 20.974 y 22.435)." / "3°.
- Ordenar las comunicaciones pertinentes a la Dirección Nacional de Migraciones, Al Registro Nacional de las Personas y al Registro Nacional de Electores y Carta de Ciudadanía." / "4°.
- Protocolícese, hágase saber y líbrese las comunicaciones de ley.-"
- No constan votos en disidencia; la resolución está firmada por el Juez Federal de 1ª Instancia Alejandro Sanchez Freytes.
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