Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: FERNANDEZ, LEONELA EVELIN Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)
Los imputados fueron sometidos a juicio abreviado por tenencia con fines de comercialización de estupefacientes. La Cámara homologó el acuerdo y condenó a Leonela Evelyn Fernández y a Martín Nicolás Romero a 4 años de prisión, multa de 45 UF (equivalentes a $585.000), accesorias, costas y decomiso de $38.940, tres celulares y una balanza.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por el Auxiliar Fiscal.
Demandado: Leonela Evelyn Fernández y Martin Nicolás Romero (imputados).
Objeto: Juicio por tráfico de estupefacientes en la modalidad de tenencia con fines de comercialización; homologación de acuerdo de juicio abreviado y condena conforme al pacto.
Decisión: Se hizo lugar a la solicitud de juicio abreviado y se homologó el acuerdo presentado por las partes; se condenó a Leonela Evelyn Fernández y a Martin Nicolás Romero como coautores penalmente responsables del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de tenencia con fines de comercialización, imponiéndoles penas de cuatro (4) años de prisión, multa de 45 unidades fijas equivalentes a $585.000, accesorias legales y costas; se impuso la Tasa de Justicia ($4.700), se decretó el decomiso de $38.940, tres teléfonos celulares y una balanza de precisión, y la destrucción del material estupefaciente cuando la sentencia quede firme.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes):
"El señor fiscal de instrucción encontró mérito suficiente para atribuirle a Leonela Evelyn Fernández y Martin Nicolás Romero la comisión del delito de trafico de estupefacientes en la modalidad de tenencia con fines de comercialización, en calidad de coautores penalmente responsables (artículos 45 del Código Penal y 5º, inciso “c”, de la Ley 23.737)."
"Para ello, consideró acreditado que los nombrados detentaron con fines de comercialización 'setenta y ocho (78) envoltorios de cocaína con un peso total de 14 gramos, un (1) trozo compacto de marihuana arrojando un peso de total de 300 gramos, una (1) bolsa con trozos compactos de marihuana con un peso de 134 gramos, un (1) envoltorio de marihuana con un peso total de 20 gramos y elementos de fraccionamiento tales como una balanza de precisión digital, los que les fueron secuestrados por personal de acción táctica UR II en las demás circunstancias de modo, tiempo y lugar que obran en el acta de procedimiento de fecha 17.11.22'."
"En estas condiciones y visto que los argumentos ensayados para arribar al enfoque propuesto se cimientan en circunstancias comprobadas de la causa y aparecen exentos de arbitrariedad, la calificación legal deberá ajustarse a la propiciada por el acusador, esta es, coautores penalmente responsables de delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de tenencia con fines de comercialización (artículo 45 Código Penal y artículo 5°, inciso 'c', de la Ley 23.737)."
"En cuanto al monto de las penas ... considero ajustado a derecho las penas solicitadas por la fiscalía en el acuerdo acompañado, las que fueron referidas en el considerando n° II del presente."
(No hubo votos en disidencia relevantes; la sentencia se dictó por el juez signatario y el fallo homologó el acuerdo aprobado por la Fiscalía y la defensa.)
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: