T., H. F. Y OTRO c/ C. L. E. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente, daño extrapatrimonial y tratamiento psicológico.
Indemnización por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
Se modifica parcialmente la sentencia de primera instancia aumentando las indemnizaciones por incapacidad sobreviniente, daño extrapatrimonial y tratamiento psicológico.
Fundamentos relevantes:
- El daño no se identifica con la lesión en sí misma, sino con la lesión a un interés lícito que produce consecuencias patrimoniales o extrapatrimoniales.
- La indemnización por incapacidad debe ser determinada de manera integral, considerando el daño físico y psíquico.
- Para cuantificar el daño extrapatrimonial se deben considerar las circunstancias del hecho, la persona de la víctima y el grado de afectación sufrido.
- Se aplica la tasa activa del Banco Nación desde el hecho hasta el pago efectivo, salvo para los rubros de tratamientos psicológicos y kinesiológicos.
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