MARTINEZ AGUERO, PANFILO c/ SANTAMARIA, ALFREDO HUGO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Tribunal declara desierto recurso de apelación por incumplimiento formal. Confirma inapelabilidad de sentencia por monto cuestionado.
DAÑOS Y PERJUICIOS (ACCIDENTE DE TRÁNSITO CON LESIONES O MUERTE)
¿Qué se resolvió?
Se declara desierto el recurso de apelación interpuesto por el apelante debido a que no dio cumplimiento a lo dispuesto en el art. 259 del Código Procesal. Además, el tribunal confirma que la sentencia es inapelable en virtud del art. 242 del CPCCN, ya que el monto cuestionado es inferior al mínimo establecido por la Acordada 41/2019 de la CSJN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El tribunal de alzada tiene la facultad de examinar la admisibilidad del recurso, más allá de la resolución del juez de grado.
- La Acordada 41/2019 de la CSJN fijó en $700.000 el monto mínimo para la apelabilidad de sentencias, el cual debe analizarse al momento de interponerse el recurso y no al inicio de la demanda.
- Una interpretación literal y descontextualizada de la normativa que establece la aplicación de los nuevos montos sólo a demandas posteriores desnaturalizaría el espíritu de la reforma, que busca descomprimir la tarea de la segunda instancia.
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