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OJEDA, YESICA MARISA c/ EN-M SALUD DE LA NACION-LEY 19549 27350 RESOL 1780/25 s/AMPARO POR MORA

La actora desistió del amparo por mora promovido contra EN-M Salud de la Nación; la Cámara tuvo por desistida la acción conforme al art. 304 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y no impuso costas por ausencia de sustanciación.

Amparo por mora Desistimiento Art. 304 cpcn Costas En-m salud de la nacion Camara contencioso administrativo federal Sustanciacion Notificacion Devolucion Accion declarativa.

Actor: OJEDA, YESICA MARISA. Demandado: EN-M SALUD DE LA NACION (referencia normativa: LEY 19549; RESOL 1780/25). Objeto de la demanda: Amparo por mora relativo a prestaciones de salud (amparo por mora).

¿Qué se resolvió?

Se tuvo a la parte actora por desistida de la acción, en los términos del art. 304 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación; no se impusieron costas por la ausencia de sustanciación. Regístrese, notifíquese y devuélvase. Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que, en atención al desistimiento formulado el 31/3/26 téngase a la parte actora por desistida de la acción, en los términos del art. 304 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Sin especial imposición de costas, dada la ausencia de sustanciación. ASÍ SE RESUELVE. Regístrese, notifíquese y devuélvase." (Votos/diferencias: no constan votos en disidencia; la resolución aparece suscripta por los Dres. Rogelio W. Vincenti, Jorge Eduardo Morán y Marcelo Daniel Duffy.)

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