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VIA BARILOCHE c/ CINCOVIAL SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados del arrastre de un micrómnibus en una zona inundada de la ruta. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el fallo que condenó al concesionario vial al pago de los daños materiales, desvalorización del rodado, lucro cesante y gastos de traslado.

Lucro cesante Relacion de consumo Danos materiales Deber de seguridad Responsabilidad concesionario vial Presuncion causalidad Desvalorizacion vehiculo Gastos traslado

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): Vía Bariloche A quién se demanda (Demandado): Cincovial S.A. y Boston Compañía Argentina de Seguros S.A. Qué se reclama (Objeto de la demanda): Daños y perjuicios derivados del arrastre de un micrómnibus por una zona inundada de la ruta. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): Se confirma la sentencia que hizo lugar a la demanda y condenó al concesionario vial y la aseguradora al pago de los daños materiales ($1.440.000), desvalorización del vehículo ($165.000), lucro cesante ($600.000) y gastos de traslado ($45.000). Fundamentos principales de la decisión:
- La Corte Suprema ha establecido que el vínculo entre el concesionario vial y los usuarios se configura como una relación de consumo, con un deber de seguridad a cargo del concesionario.
- Existía una presunción de causalidad a favor del usuario, que no pudo ser desvirtuada por el concesionario.
- Se acreditó que el siniestro se produjo por la acumulación de agua en la ruta, sin que el concesionario haya adoptado las medidas necesarias de prevención.
- Respecto a los montos indemnizatorios, se confirmaron los reconocidos en primera instancia por considerarlos adecuados y ajustados a la prueba producida.

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