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Z., DELIA ELVIRA c/ METROVIAS SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Pasajera cae al descender de tren y sufre lesiones. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modifica la sentencia y aumenta los montos indemnizatorios por incapacidad física y psíquica.

Responsabilidad objetiva Dano moral Reparacion integral Incapacidad fisica Incapacidad psiquica Accidente de pasajero Transporte ferroviario Franquicia inoponible

Daños y perjuicios por accidente al descender de tren

¿Qué se resolvió?

Se modifica la sentencia de primera instancia, confirmando la responsabilidad de la empresa demandada y aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad física (5%) y psíquica (10%), daño moral y gastos médicos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se acreditó la condición de pasajera de la actora y la ocurrencia del accidente al descender del tren, con el testimonio único pero valorado conforme las reglas de la sana crítica.
- La empresa demandada incurre en responsabilidad objetiva por el accidente sufrido por la pasajera durante el transporte.
- Se fijan los rubros indemnizatorios conforme el principio de reparación integral, incluyendo incapacidad física y psíquica, daño moral y gastos médicos.
- Se aplica la tasa activa del Banco Nación desde la sentencia de primera instancia.
- Se declara la inoponibilidad de la franquicia contractual a la víctima.

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