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ARCA c/ RUIZ ANA LUISA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal contra Ana Luisa Ruiz por $8.432.790,21. El Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia hizo lugar a la ejecución, ordenó proceder al cobro hasta el pago íntegro, así como imponer las costas al demandado y ordenar a la actora que practique la liquidación de la deuda reclamada.

Ejecucion fiscal Arca (ex a.f.i.p.) Deuda tributaria Mandamiento de intimacion Liquidacion de deuda Costas Intereses Juzgado federal de comodoro rivadavia Pago integro Seguridad juridica.

Actor: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.). Demandado: RUIZ ANA LUISA. Objeto: Ejecución fiscal para el cobro de la suma de $ 8.432.790,21, con más intereses y costas (se mencionaba un 15% para intereses y costas en el libelo de inicio). Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución contra Ruiz Ana Luisa hasta hacerse íntegro pago a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero de la suma de $ 8.432.790,21, con más sus intereses y las costas del presente proceso; además, por razones de seguridad jurídica, se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada; protocolícese, regístrese, notifíquese y publíquese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 8432790.21, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.-" "Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada.-" "Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.-" "En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.-"
- Votos en disidencia: No consta disidencia; la resolución fue firmada por la Jueza Federal Eva L. Parcio de Seleme.

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