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DOS SANTOS, DAIANA GISELLE c/ MICRO OMNIBUS PRIMERA JUNTA S.A. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia, incrementando la indemnización por incapacidad física sobreviniente y daño moral de la actora.

Dano moral Relacion de causalidad Incapacidad fisica sobreviniente Apelacion Responsabilidad por accidente de transporte Metodologia de cuantificacion de danos


¿Quién es el actor?

Daiana Giselle Dos Santos

¿A quién se demanda?

Micro Ómnibus Primera Junta S.A. y Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reparación de daños y perjuicios por lesiones sufridas como pasajera en un colectivo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, elevando el monto de la indemnización por incapacidad física sobreviniente y daño moral. Confirmó los restantes rubros. La Cámara consideró probada la relación causal entre el accidente y las lesiones constatadas, con base en el informe pericial. Respecto al monto de la indemnización por incapacidad, la Cámara aplicó una metodología de cálculo que considera la edad de la víctima, sus potenciales ingresos, el porcentaje de incapacidad y una tasa de descuento, todo ello adecuado a las circunstancias personales de la damnificada. En cuanto al daño moral, la Cámara mantuvo el monto fijado en primera instancia, por considerar adecuada su valoración.

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