TARDIVO, LUIS ALBERTO Y OTROS c/ BLANCO, CARLOS LUCIANO EZEQUIEL s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Civil - Sala C modificó parcialmente la sentencia de primera instancia aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad física y daño moral.
- Actores: Luis Alberto Tardivo, Alfredo José Houssay y Gabriela Marta Rodríguez
- Demandados: Carlos Luciano Ezequiel Blanco y Liderar Compañía General de Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de indemnización por accidente de tránsito ocurrido el 6/4/2018
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmando la responsabilidad de los demandados pero aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad física ($900.000 a Rodríguez y $450.000 a Houssay) y daño moral ($450.000 a Rodríguez y $225.000 a Houssay). En relación a los intereses, estableció que la tasa activa debía aplicarse desde la fecha del hecho hasta el efectivo pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La indemnización por incapacidad física debe abarcar no sólo las limitaciones laborativas, sino también la proyección que tiene en las demás esferas de la personalidad de la víctima.
- Para cuantificar el daño se deben considerar tanto los parámetros objetivos (fórmulas matemáticas) como las particularidades de cada caso concreto.
- El daño moral se presume cuando hay ilicitud y lesiones físicas, sin necesidad de acreditar prueba directa del sufrimiento.
- Cuando los rubros se fijan a valores actuales, la aplicación de una tasa activa como interés generaría un enriquecimiento indebido, por lo que corresponde aplicar una tasa pura elevada (8% anual) desde el hecho hasta la sentencia, y la tasa activa desde entonces hasta el pago.
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