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E.F. L. J. c/ A. S. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en el transporte público. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Reparacion integral Transporte publico de pasajeros Franquicia inoponible

Indemnización por lesiones sufridas en un accidente de colectivo

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente a la apelación, aumentando las indemnizaciones por incapacidad sobreviniente (física y psíquica) y daño moral. Se confirma el resto. Fundamentos relevantes:
- La incapacidad sobreviniente comprende tanto las secuelas físicas como psíquicas, por lo que deben ser indemnizadas en conjunto.
- El daño moral surge in re ipsa dado los daños psicofísicos acreditados.
- La franquicia impuesta a las aseguradoras es inoponible a la víctima, por ser contraria a la reparación integral y a la finalidad social del seguro obligatorio.

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