E.F. L. J. c/ A. S. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en el transporte público. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.
Indemnización por lesiones sufridas en un accidente de colectivo
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente a la apelación, aumentando las indemnizaciones por incapacidad sobreviniente (física y psíquica) y daño moral. Se confirma el resto.
Fundamentos relevantes:
- La incapacidad sobreviniente comprende tanto las secuelas físicas como psíquicas, por lo que deben ser indemnizadas en conjunto.
- El daño moral surge in re ipsa dado los daños psicofísicos acreditados.
- La franquicia impuesta a las aseguradoras es inoponible a la víctima, por ser contraria a la reparación integral y a la finalidad social del seguro obligatorio.
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