VALDEZ DUARTE, BLAS MARTIN c/ VIA BARILOCHE SA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia de primera instancia, aumentando los montos por incapacidad sobreviniente (física y psíquica) a $4.200.000 y manteniendo el de daño moral en $600.000. También se fijó en $70.000 el rubro de tratamiento kinesiológico. Se aplicará la tasa activa del Banco Nación desde la fecha del hecho, salvo para los gastos de tratamientos y daño material.
Fundamentos principales:
- La indemnización debe ser plena, restituyendo la situación de la víctima al estado anterior al hecho, considerando tanto la incapacidad laboral como la afectación en la vida de relación.
- El porcentaje de incapacidad estimado por los peritos es un parámetro orientador, debiendo ponderarse las condiciones personales, familiares y socioeconómicas de la víctima.
- Respecto al daño moral, el dinero es un medio de obtener satisfacciones que compensen el sufrimiento, sin que ello implique una equivalencia exacta.
- En cuanto a los intereses, se aplicará la tasa activa del Banco Nación, salvo que ello genere un enriquecimiento indebido, lo cual no surge probado en autos.
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