M., F. R. Y OTRO c/ M., H. C. E. s/FILIACION
La actora promovió demanda por filiación y daños y perjuicios. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia, manteniendo la declaración de paternidad pero elevando los montos indemnizatorios por daño moral.
- Actores: F. R. M. por sí y en representación de su hija J. R. M.
¿A quién se demanda?
H. C. E. M.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Filiación y daños y perjuicios por falta de reconocimiento paterno.
¿Qué se resolvió?
1) Se declaró la paternidad del demandado y se ordenó inscribir la sentencia en la partida de nacimiento. 2) Se admitió el reclamo de daño moral de la hija y se aumentó el monto indemnizatorio a $6.000.000. 3) Se revocó la decisión de modificar el apellido de la hija, que continuará siendo J. R. M. 4) Se admitió el reclamo de daño moral de la madre y se fijó en $3.000.000.
Fundamentos relevantes:
- El derecho al nombre es un derecho humano fundamental, que integra el derecho a la identidad, por lo que no puede ser modificado sin el acuerdo de los padres.
- La conducta negligente y reticente del demandado en reconocer su paternidad generó un daño moral grave a la hija, que amerita una indemnización elevada.
- La madre también sufrió un daño moral por la actitud del demandado, que corresponde ser resarcido.
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