D A MY OTRO c/ M SA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.
Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios derivados del fallecimiento del señor E. C. P. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y confirmó la atribución de responsabilidad médica, ajustó el cómputo de intereses y reguló los honorarios profesionales.
Daños y perjuicios por fallecimiento del señor E. C. P.
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia de primera instancia, confirmando la atribución de responsabilidad médica. Se ajustó el cómputo de intereses y se regularon los honorarios profesionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El tribunal consideró que los médicos demandados actuaron con negligencia e impericia al no realizar estudios diagnósticos básicos como el electrocardiograma, lo que impidió detectar oportunamente la cardiopatía isquémica que padecía el señor P. y derivó en su fallecimiento.
- Se declaró la inconstitucionalidad del art. 1078 del Código Civil, reconociendo la legitimación de la concubina para reclamar por daño moral.
- Se confirmaron los montos indemnizatorios fijados en primera instancia por los rubros de valor vida y daño moral.
- Se modificó la fecha de inicio del cómputo de intereses, estableciéndose la tasa activa desde la atención médica hasta el efectivo pago.
- Se regularon los honorarios de los letrados, peritos y mediadora intervinientes.
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