BUGLIONE, FABIANA ALEJANDRA Y OTRO c/ GENERAL PUEYRREDON S.A.T.C.I. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Los actores reclamaron indemnización por daños sufridos en un accidente de colectivo. La Cámara modificó los montos reconocidos por incapacidad, daño moral y gastos médicos.
Indemnización por daños sufridos en un accidente de colectivo
¿Qué se resolvió?
Se modificaron los montos reconocidos por incapacidad (se elevaron a $5.750.000 para Buglione y $2.500.000 para Scápula), daño moral (se elevó a $1.500.000 para Buglione y $470.000 para Scápula) y gastos médicos (se elevaron a $60.000 para Buglione y $20.000 para Scápula).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que los montos fijados en primera instancia eran reducidos, y los incrementó aplicando fórmulas matemáticas para determinar la incapacidad, ponderando las particularidades de los actores y el valor de la reparación integral.
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