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D. L. C., J. B. c/ V. F., N. s/LIQUIDACION DE REGIMEN DE COMUNIDAD DE BIENES

El actor promovió demanda por liquidación de régimen de comunidad de bienes. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia.

Costas procesales Recompensas Liquidacion de comunidad de bienes Bienes gananciales y propios Mejoras en inmueble


¿Quién es el actor?

D. l. C.
- Demandada: V. F., N.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Liquidación de régimen de comunidad de bienes Decisión:
- Se declaró que el automóvil Ford Ecosport es de origen ganancial y el Renault Torino es bien propio de la demandada.
- Se reconoció al actor el derecho a una recompensa del 50% de las cuotas remanentes del crédito prendario del Ford Ecosport.
- Se reconoció un crédito a favor del actor por mejoras parciales en el inmueble ubicado en Av. Iriarte, que se deberá pagar en 30 días.
- Se ordenó al actor restituir los restos del Renault Torino a la demandada.
- No se hizo lugar al pedido de rendición de cuentas solicitado por el actor.
- Las costas fueron impuestas en un 60% al actor y 40% a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se aplicó el Código Civil derogado por ser anterior a la vigencia del CCyC.
- El Torino fue considerado bien propio de la demandada dado que ella lo poseía con anterioridad al matrimonio, bajo una situación precaria.
- Las mejoras en el inmueble de Av. Iriarte fueron consideradas propias de la demandada, pero se reconoció un crédito a favor del actor por el mayor valor de la cosa.

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