GERACHI ROBERTO CARLOS C/ INSAURRALDE MALVINA GRISEL Y OTRO/A S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
El actor promovió acción s/beneficio de litigar sin gastos y fue intimado a impulsar la causa. El Tribunal decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal tras expirar el plazo legal y le impuso las costas al actor.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GERACHI ROBERTO CARLOS.
Demandado: INSAURRALDE MALVINA GRISEL y otro/a.
Objeto: Proceso principal rotulado "s/beneficio de litigar sin gastos" (continuidad del trámite judicial).
Decisión: Se decretó la caducidad de la instancia del proceso por inactividad procesal y se impusieron las costas al accionante, difiriendo la regulación de honorarios hasta que adquiera firmeza la resolución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"PRIMERO: La caducidad de la instancia se produce cuando no ha habido actividad de parte o providencia judicial que tenga por objeto impulsar el procedimiento (conf. Colombo, 'Código...', Tº II, pág. 650) durante el plazo legal acordado al efecto (art. 310 y 311 del C.P.C.C.). En el presente juicio el término aplicable es de tres (3) meses (arg. art. 310 del CPCC)."
"Es un arbitrio instituido para sancionar la inacción de los litigantes, siempre que se encuentren en el deber de instar el proceso o que no se hallen en la imposibilidad de impulsar el trámite del mismo hacia su fin natural que es la sentencia."
"SEGUNDO: Del examen de autos surge que en fecha 7/2/2024 se dispone intimar de oficio al actor para que en el término de cinco días manifieste su intención de continuar con la acción y produzca actividad útil para la prosecución del trámite, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de decretarse la caducidad de la instancia. Que dicho traslado fue debidamente notificado mediante notificación automatizada y contestado el 19/2/2024."
"De la compulsa del expediente se puede observar que el día 19/2/2024 el actor ha contestado la intimación cursada, sustituyendo un testigo ofrecido, el que fue proveído el día 22/2/2024 siendo éste el último acto impulsorio obrante en autos."
"Consecuentemente, habiéndose cumplido un nuevo plazo de caducidad, y teniendo en cuenta los argumentos expuestos en el considerando precedente, entiendo que no queda otro remedio que decretar la caducidad de la instancia (art. 310, 315 y cc. del C.P.C.C)."
"Por lo tanto, conforme los argumentos citas legales y jurisprudenciales RESUELVO: 1) Decretar la caducidad de instancia del presente proceso. 2) Imponer las costas del proceso al accionante vencido, difiriendo la regulación de honorarios para el momento que el presente adquiera firmeza (art. 68 del CPCC)."
- Montos/fechas relevantes: intimación de oficio practicada el 7/2/2024; contestación del actor el 19/2/2024; acto impulsorio (proveído del testigo) el 22/2/2024; plazos aplicables de caducidad según art. 310 CPCC (tres meses) y art. 315 CPCC (reincidencia).
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