VILLAMARIN, BRIAN EZEQUIEL c/ INTEGRITY SEGUROS S.A. s/ORDINARIO
Reclamó asegurado el pago por robo de una motocicleta y demás indemnizaciones contractuales y por Ley de Defensa del Consumidor. La Cámara Comercial confirmó la aplicación de la LDC, amplió la indemnización material por superar la suma asegurada y admitió daño punitivo, modificando fecha de mora y tasas aplicables.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Brian Ezequiel Villamarín.
Demandado: Integrity Seguros Argentina S.A.
Objeto: Incumplimiento contractual por rechazo de cobertura tras robo total de motocicleta (Honda CG 150 Titan, dominio 264 LPU); indemnización por daño patrimonial ($1.500.000 reclamados), daño moral ($800.000), daño punitivo ($5.000.000 pedido), intereses, actualización y costas.
Decisión: Se admitió íntegramente el recurso de la parte actora y parcialmente el de la demandada; se confirmó que rige la Ley de Defensa del Consumidor; se modificó la condena de primera instancia para reconocer al actor el valor actual del vehículo por encima del límite de póliza (la aseguradora debe informar valor que usa para asegurar unidad similar y ese monto integrará la indemnización), se fijó mora desde 45 días del 12/3/2023 y se determinó la forma de liquidación de intereses (hasta 17/1/2026 tasa activa tradicional del fuero; desde esa fecha aplicación de la Tasa de Interés Moratorio
- TIM
- del B.C.R.A.); se admitió daño punitivo y lo fijó en 2,5 canastas básicas totales para el hogar 3; costas de alzada a la demandada vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos más relevantes y citas textuales):
"En consecuencia y en tanto ha quedado evidenciado que en el caso no resulta aplicable la suma máxima asegurada ya que aquella ha quedado desactualizada en función del tiempo transcurrido conforme indicó el ingeniero mecánico, corresponde admitir el reclamo de la parte demandante."
"De ello se infiere que el límite previsto en la póliza para calcular la indemnización resulta exiguo a los efectos de adquirir un bien similar al que fuera objeto del seguro, aun computando los intereses. Consecuentemente, juzgo que, a los efectos de fijar la indemnización, debe reconocerse la suma necesaria para alcanzar el valor actual del vehículo asegurado."
"Bajo tal marco conceptual, considero que las circunstancias del caso, conducen a concluir que la conducta de la aseguradora Intregity Seguros, merece la aplicación de una multa por daño punitivo."
Además se consignó: "la conducta desplegada por la demandada fue particularmente desaprensiva y dañosa (v. dictamen de págs. 267/270)."
- Votos: Fallo por mayoría; voto preopinante del Dr. Lucchelli con adhesión de la Dra. Tevez, quien agregó fundamentos sobre principio indemnizatorio y daño punitivo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: