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TRINIDAD, JOAQUIN ANDRES Y OTRO c/ MICRO OMNIBUS PRIMERA JUNTA S.A. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios por un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda, al considerar acreditada la culpa de un tercero por quien la demandada no debe responder.

Accidente de transito Danos y perjuicios Responsabilidad civil Nexo causal Ruptura del nexo causal Culpa de tercero

Daños y perjuicios por un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la demanda. La Cámara consideró acreditado que el accidente se debió a la embestida de un vehículo de color rojo, y no al colectivo de la demandada. Por lo tanto, la empresa demandada no debe responder, al haber quedado fracturado el nexo causal por la culpa de un tercero. "Del estudio de las probanzas reseñadas se advierte que se encuentra acreditado que quien embistió en primer lugar a la motocicleta en la que se trasladaban los actores fue el vehículo de color rojo, que luego del impacto se dio a la fuga, provocando la caída de los señores Trinidad y Sosa al pavimento, es decir, esa colisión se constituyó en la causa exclusiva que ocasionó los daños por los que se reclama. Sólo después de ello y cuando el motovehículo ya se encontraba tirado sobre la calzada, fue alcanzado por el colectivo".

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