B C C D c/ M, P M Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia, fijando una partida autónoma para tratamiento psicológico futuro y confirmando el resto de los montos indemnizatorios.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
- Se confirma la responsabilidad determinada en primera instancia
- Se modifica el monto de la indemnización:
- Se fija $250.000 para tratamiento psicológico futuro
- Se confirma $1.700.000 por daño moral
- Se confirma $30.000 por gastos médicos, farmacéuticos y de traslados
- Se aplica tasa de interés activa desde el hecho y hasta el pago efectivo
Fundamentos relevantes:
- La incapacidad psíquica leve (10%) determinada por pericia psicológica justifica la indemnización por este concepto.
- Para cuantificar la incapacidad sobreviniente se aplicó una fórmula matemática, considerando variables como edad, ingresos y tasa de descuento.
- El daño moral se fijó en $700.000 atendiendo a la gravedad del hecho, la edad del actor y las secuelas.
- En el contexto económico actual, corresponde aplicar la tasa de interés activa desde el hecho y hasta el pago efectivo.
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