CABANA GUTIERREZ, MARCELINO c/ ESTADO NACIONAL s/ACCION MERE DECLARATIVA DE DERECHO
El actor promovió acción declarativa de derecho contra el Estado Nacional y la Caja de Retiros por descuentos efectuados en haberes en virtud del Decreto de Necesidad y Urgencia 679/97. La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del DNU 679/97, ordenó la restitución de los descuentos y aplicó la prescripción bienal y costas a la apelante.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Marcelino Cabana Gutiérrez (DNI 13.748.908).
Demandado: Estado Nacional y Caja de Retiro de Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal (CRJyPPF).
Objeto: Declaración de inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia 679/97 e ilegitimidad de descuentos practicados sobre haberes por exceso del porcentaje autorizado por la ley 22.788; restitución de sumas descontadas con intereses.
Decisión: Se confirmó la sentencia de fecha 18/02/2026 que hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del DNU 679/97, condenó al Estado Nacional y a la CRJyPPF a restituir las sumas descontadas (plazo 30 días) con intereses tasa activa BNA y declaró prescritas las sumas que excedan los dos años anteriores a la interposición de la demanda. Se rechazó el recurso de apelación de la Caja y se impusieron las costas de Alzada a la apelante.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) Sobre la inconstitucionalidad del DNU 679/97 (cita de precedentes de la CSJN):
“Es de advertir que el Decreto en cuestión modificó sustancialmente el régimen legal de aportes del personal de la institución, elevando el descuento previsional del 8% a un 11% ... En estas condiciones, procede estar a la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa ‘Pino, Seberino y otros c/Estado Nacional Ministerio del Interior y Seg.’, de fecha 7 de octubre de 2021, (Fallos: 344:2690). … En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del Decreto 679/97.”
2) Sobre la aplicabilidad de la prescripción bienal:
“Al respecto, procede citar la jurisprudencia sentada por la CSJN en autos 'Jaroslavsky, Bernardo' (26/2/85 ...), que dejó sin efecto la sentencia apelada que hiciera lugar a la defensa de prescripción anual ... Para así resolver lo hizo, ... al sostener que la prescripción a aplicar en la especie era la bienal ... La misma interpretación es la que debe efectuarse con respecto a la Ley N° 23.627 ... Dicha doctrina fue aplicada, de manera uniforme, por las tres Salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social ... a la que nos adherimos.”
3) Sobre costas de la instancia y de la Alzada:
“Conforme a estos fundamentos entendemos que corresponde rechazar el recurso de apelación ... y, en consecuencia, confirmar la sentencia de primera instancia, en todo cuanto fuere materia de agravios. En cuanto a las costas correspondientes a esta instancia, ... corresponde imponerlas también a la demandada vencida (art. 68, 1° párrafo, CPCCN).”
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia relevante; la resolución se dicta por mayoría de la Cámara.
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