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ARCA c/ MUÑOZ MARCELO ALEJANDRO s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal contra Muñoz Marcelo Alejandro por una deuda tributaria reclamada. El Juzgado Federal ordenó la ejecución hasta hacerse íntegro pago de $5.106.390,41 más intereses y costas e instó a la actora a practicar la liquidación de la deuda por razones de seguridad jurídica.

Ejecucion fiscal Arca (ex a.f.i.p.) Deuda tributaria Intimacion de pago Costas Liquidacion de deuda Cpccn art. 70 Seguridad juridica Comodoro rivadavia Mandato de ejecucion

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.) Demandado: Muñoz Marcelo Alejandro Objeto: Cobro de la suma de $5.106.390,41 con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme libelo de inicio; ejecución fiscal. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se ordenó proceder contra el demandado hasta el íntegro pago de $5.106.390,41 más intereses y costas; se impusieron las costas al demandado; se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada; protocolo, registro, notificación y publicación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 5106390.41, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.- Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada.- Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.- 1) Mandar llevar adelante la ejecución contra MUÑOZ MARCELO ALEJANDRO, hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO, de la suma de $ 5106390.41, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN.- 2) En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada." (Firma) "Firmado por: EVA LILIANA PARCIO DE SELEME, JUEZ FEDERAL" Fecha de firma: 30/07/2026

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