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ARCA c/ NERI ANGELO s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal contra NERI ANGELO por el pago de $13.484.907,12 más intereses y costas. El Juzgado Federal ordenó continuar la ejecución y condenó al pago de la suma reclamada, imponiendo además la obligación de que la actora practique la liquidación de la deuda por razones de seguridad jurídica.

Ejecucion fiscal Arca Afip Deuda tributaria Intereses Costas Mandamiento de intimacion Liquidacion de deuda Principio objetivo de la derrota Art. 70 cpccn

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.). Demandado: NERI ANGELO. Objeto: Cobro de la suma de $13.484.907,12 con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme libelo de inicio. Decisión: Se dispuso llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago de la suma reclamada con intereses y costas; se impusieron las costas al demandado; y se ordenó a la actora que practique la liquidación de la deuda reclamada por razones de seguridad jurídica.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes tal como constan en la sentencia): "La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 13484907.12, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.- Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada.- Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.- Por ello, RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución contra NERI ANGELO, hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO, de la suma de $ 13484907.12, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN.- 2) En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal –“AFIP C/ SOCIEDAD COOPERATIVA POPULAR LIMITADA S/ EJECUCION FISCAL” EXPTE. Nº FCR 22525/2018 “AFIP C/ PETROSAR PRODUCCION Y SERVICIOS SA S/ EJECUCION FISCAL” EXPTE. Nº FCR 12215/2018, “AFIP C/ PETROSAR PRODUCCION Y SERVICIOS SA S/ EJECUCION FISCAL” EXPTE. Nº FCR 10470/2018, entre otras-; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.- 3) PROTOCOLICESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y PUBLIQUESE.-" (Firmado electrónicamente por: Eva L. Parcio de Seleme. Juez Federal. Fecha de firma: 30/07/2026)

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