AVALOS MARCELO, MARCELO EDUARDO c/ MARASSI ARIEL BRUNO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de transporte público. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó parcialmente la sentencia y condenó al chofer del colectivo.
Daños y perjuicios derivados de un accidente de transporte público en el que como pasajero sufrió lesiones.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia, extendiendo la condena al chofer Ariel Bruno Marassi por aplicación del art. 1113 párrafo 2° in fine del Código Civil. Mantuvo la condena a la empresa de transporte y declaró la inoponibilidad de la franquicia obligatoria a la aseguradora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que el chofer, aun cuando no sea dueño o guardián del vehículo, debe ser juzgado según el art. 1113 párrafo 2° in fine del Código Civil por ser el autor mediato del daño al introducir una cosa riesgosa de la que se sirve y tiene a su cuidado. Aplicó el criterio de imputación objetiva para responsabilizarlo. Respecto a la franquicia, aplicó la doctrina legal obligatoria del fallo plenario "Obarrio" que la declara inoponible al damnificado.
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