FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ORTIZ ELISABET PAOLA S/ APREMIO PROVINCIAL
Ejecución fiscal por Ingresos Brutos contra la Sra. Ortiz por $69.864.274,50 en apremio provincial. El Tribunal rechazó las excepciones de falta de legitimación pasiva, inhabilidad de título y nulidad de la ejecución, hizo lugar a la demanda y mantuvo las medidas cautelares por considerar válido y formalmente hábil el título ejecutivo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
Demandado: Sra. Elisabet Paola Ortiz.
Objeto: Ejecución por el monto de PESOS SESENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 50/100 ($ 69.864.274,50), correspondiente al Título Ejecutivo N° 1344024 vinculado al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, régimen de agente de recaudación, período 01/2020, con vencimiento 10/02/2020; se solicitan, además, mantenimiento de medidas cautelares y ejecución hasta el íntegro pago.
Decisión: Se rechazaron las excepciones opuestas por la demandada (falta de legitimación pasiva, inhabilidad de título y nulidad de la ejecución), se hizo lugar a la demanda del Fisco para ejecutar hasta el pago íntegro de la suma reclamada con más intereses, se mantuvieron las medidas cautelares y se impusieron las costas a la demandada vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo, lenguaje original del Tribunal):
"Las presentes actuaciones tramitan conforme las disposiciones de la Ley 13.406, que regula el proceso de apremio provincial, en el cual las defensas oponibles se encuentran limitadas en forma taxativa a las previstas legalmente, quedando vedada la discusión relativa al origen o causa de la obligación tributaria, sin perjuicio de las acciones que pudieran corresponder en la vía ordinaria pertinente."
"En cuanto a la excepción de inhabilidad de título, cabe señalar que el título ejecutivo acompañado reúne las formalidades exigidas por el ordenamiento aplicable, en los términos del art. 9 de la Ley 13.406, individualizando al obligado, el tributo reclamado, el período fiscal correspondiente, la autoridad emisora y el monto de la deuda, sin que se adviertan defectos formales que lo tornen inhábil."
"Respecto de la falta de legitimación pasiva invocada, la misma no puede prosperar, en tanto el título ejecutivo individualiza a la demandada como sujeto obligado al tributo reclamado, sin que en el estrecho marco del juicio de apremio la documental acompañada resulte suficiente para desvirtuar la presunción de legitimidad que reviste el título ejecutivo."
"En relación a la defensa de nulidad de la ejecución, no se advierten vicios en la formación del título ni en el procedimiento administrativo antecedente que comprometan su validez formal, ni afectación del derecho de defensa en juicio que justifique su acogimiento."
"Las alegaciones vinculadas a la inexistencia de la deuda, a la determinación del tributo o a la causa material de la obligación resultan ajenas al acotado marco cognoscitivo del proceso de apremio, en el cual se encuentra vedada su revisión, sin perjuicio de las acciones que pudieran corresponder en la vía que corresponda."
RESUELVO:
"I.
- Rechazar las excepciones de falta de legitimación pasiva, inhabilidad de título y nulidad de la ejecución interpuestas por la demandada Elisabet Paola Ortiz.
II.
- Hacer lugar a la demanda promovida por el FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, mandando llevar adelante la ejecución hasta hacerse íntegro pago de la suma de PESOS SESENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 50/100 ($ 69.864.274,50), con más los intereses que correspondan según normativa aplicable.
III.
- Mantener las medidas cautelares trabadas en autos.
IV.
- Imponer las costas a la parte demandada vencida (art. 68 CPCC y art. 25 Ley 13.406), difiriéndose la regulación de honorarios para su oportunidad."
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