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RAMOS MARTIN ENRIQUE y otro/a S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Petición de beneficio de litigar sin gastos cuyo Trámite principal correspondería al Juzgado Civil y Comercial N°19. El Tribunal ordenó remitir las actuaciones al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº19 y dar de baja las actuaciones en este libro de Secretaría y red informática, conforme al art. 6 inc. 5° del CPCC.

Beneficio de litigar sin gastos Remision de actuaciones Competencia Juzgado civil y comercial n?19 Art. 6 inc. 5? cpcc Baja de actuaciones Notificacion Secretaria de planificacion Receptoria general de expedientes La plata.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: RAMOS, MARTÍN ENRIQUE y otro/a. Demandado: No surge identificado en el proveído; información no consignada en el texto. Objeto: Solicitud vinculada al beneficio de litigar sin gastos (petición de exención de costas/gestiones procesales). Decisión: Se hizo lugar a la remisión de las actuaciones al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº19 del Departamento Judicial La Plata y se ordenó la baja de las actuaciones en los libros de Secretaría y en la red informática; además se registró y notificó conforme normativa aplicable.
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales relevantes del proveído): "Sin perjuicio de lo solicitado y de conformidad con lo previsto por el art. 6 inc. 5° del CPCC, resultando de la constancia emitida por la Secretaría de Planificación desde el link http://receptorias.scba.gov.ar que se adjunta al presente, que los autos principales que se denunciaran en el escrito de inicio tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 19 de este Departamento Judicial, procédase a la remisión de los presentes para su tramitación a dicho órgano jurisdiccional." "En consecuencia, dense de baja las actuaciones de los libros de Secretaría y red informática. REGISTRESE. Notifíquese en los términos del art. 10 del Ac. 4013/2021 de la SCBA (T.O. Ac. 4039/2021)." "Para su conocimiento, confiérasele vista a la Receptoría General de Expedientes en forma digital al domicilio electrónico alejandro.raggio@pjba.gov.ar."

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