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I., A. Y OTROS c/ TRANSPORTE AUTOMOTOR PLAZA S.A.C.I. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y redujo el monto de la indemnización por incapacidad sobreviniente.

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Daños y perjuicios por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

Se modificó la sentencia de primera instancia reduciendo el monto indemnizatorio por incapacidad sobreviniente de $3.000.000 a $1.500.000. Se confirmó el resto de lo decidido. Los fundamentos principales fueron:
- La incapacidad sobreviniente debe valuarse mediante el uso de fórmulas matemáticas que contemplen la edad de la víctima, su ingreso, la tasa de descuento y el porcentaje de incapacidad estimado por los peritos.
- Si bien el informe pericial merece especial valoración, el juez puede apartarse de él si existen elementos objetivos que así lo justifiquen.
- Respecto al daño moral, se consideró procedente la suma de $1.500.000 fijada, en atención a la magnitud del sufrimiento y angustia padecidos por la víctima.
- La tasa de interés activa aplicada es adecuada para la repotenciación del capital, con excepción de los gastos para tratamiento psicológico.

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