SWISS MEDICAL ART S.A.U. S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (LABORAL) EN MENDOZA NADIA BEATRIZ C/ SWISS MEDICAL ART SA S/ RECURSO LEY 27348 (EXPTE. N° 54496/2023)
Swiss Medical ART S.A.U. interpuso queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en materia laboral. El Tribunal Superior de Justicia otorgó efecto suspensivo parcial a la queja, limitando la ejecución de la sentencia recurrida al importe resultante de aplicar la tasa de variación del RIPTE conforme precedente de la corte.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Swiss Medical ART S.A.U. Demandado: Mendoza Nadia Beatriz (actora en la causa laboral original) Objeto de la demanda: Queja por recurso de inconstitucionalidad denegado, solicitando efecto suspensivo urgente para evitar daño patrimonial derivado de la ejecución de la condena al pago de prestaciones por Ley de Riesgos del Trabajo. Decisión del tribunal: Por mayoría, se otorgó efecto suspensivo a la queja interpuesta por Swiss Medical ART S.A.U., con alcances limitados: la sentencia recurrida solo podrá ejecutarse hasta el importe resultante de aplicar la tasa de variación del RIPTE conforme lo establecido en el precedente "Provincia ART S.A. s/ Queja por recurso de inconstitucionalidad denegado (EXPTE. N° 31433/2023)". Fundamentos principales: "Sin adelantar opinión sobre el fondo, a los efectos de preservar la plena eficacia del pronunciamiento del Tribunal, votamos por suspender la ejecución de la sentencia recurrida solamente en la medida en que el importe de la liquidación supere al resultante de la aplicación del criterio sentado en el citado precedente. En consecuencia, la sentencia contra la que se dirige el recurso de inconstitucionalidad sólo podrá ser ejecutada hasta el importe resultante de aplicar la tasa de variación del RIPTE (cf. inciso 2 del artículo 12 de la ley n° 24557) calculada conforme lo establecido en el fallo citado supra." La sentencia de origen había condenado al pago de prestaciones conforme Ley de Riesgos del Trabajo por reducción de capacidad laborativa originada en enfermedad profesional con primera manifestación invalidante del 03-01-2023, aplicando intereses desde esa fecha según RIPTE más 6% anual. La jueza Alicia E. C. Ruiz disintió, sosteniendo que la recurrente no había dado razones suficientes conforme jurisprudencia del Tribunal para hacer excepción a la regla según la cual la queja no suspende la ejecución. Citó precedentes ("Empresa Distribuidora Sur SA" del 01-07-2020 y "GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado" del 28-09-2022) que establecen requisitos para otorgar efecto suspensivo, concluyendo en el rechazo de la solicitud.
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