MONTERO CRISTINA LUJAN c/ CONS DE PROP EL MIRADOR DE PUERTO MADERO JUANA MANSO 11 s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente en un ascensor. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo los montos indemnizatorios por incapacidad y daño moral, y atribuyendo un 70% de responsabilidad a la actora.
Daños y perjuicios por accidente en ascensor
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, atribuyendo un 70% de responsabilidad a la actora por su conducta imprudente al saltar del ascensor, y redujo los montos por incapacidad y daño moral.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La causa adecuada del daño no fue la detención del ascensor, sino la conducta imprudente de la actora al saltar del mismo, aun cuando estaba desnivelado.
- Si bien el consorcio tuvo responsabilidad por no haber seguido el protocolo, la actora asumió un riesgo excesivo al saltar.
- Se redujo el monto por incapacidad a $200.000 y el de daño moral a $100.000, considerando la incidencia causal de la víctima.
- Se confirmó el monto por gastos médicos y se diferenció el cálculo de intereses.
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