Logo

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MILILLO PEDRO ANTONIO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra Pedro Antonio Milillo por una deuda de $2.191.832,20. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó llevar adelante la ejecución tras el incumplimiento de pago y vencimiento del plazo para oponer excepciones.

Apremio provincial Ejecucion Deuda fiscal Fisco Falta de oposicion Costas Titulo ejecutivo Domicilio constituto Intereses fiscales Ley 13.406

Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

Pedro Antonio Milillo

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de cantidad de dinero por la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS CON 20/100 ($2.191.832,20) con más intereses, costos y costas, mediante procedimiento de apremio provincial.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar a la demanda de apremio y ordenó llevar adelante la ejecución contra el demandado hasta hacerse íntegro pago del capital reclamado. Se impusieron las costas al demandado como vencido, se difirió la regulación de honorarios, y se constituyó el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado por apercibimiento. Fundamentos principales de la decisión: "Que habiendo sido intimada al pago en el domicilio FISCAL: CALLE CALLE COSQUIN
- NRO. 2738
- CP. 1773
- LOC. INGENIERO BUDGE conforme surge del mandamiento obrante en autos, la parte ejecutada no opuso excepciones legítimas dentro del término legal, el cual se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto. En virtud de lo antedicho, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que la misma ha dejado de usar (Arts. 116 y 155 del CPCC y Art. 25 de la ley 13.406)." El Tribunal fundamentó su decisión en la falta de oposición de excepciones legítimas dentro del término legal vencido, lo que según la normativa procesal (Arts. 116 y 155 del CPCC y Art. 25 de la ley 13.406) determina la pérdida del derecho de defensa de la parte ejecutada. Asimismo, conforme a los Arts. 1, 7, 10, 11 de la ley 13.406, el Tribunal procede a ordenar la ejecución, aplicándose los intereses establecidos en el Art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar