RODRIGUEZ, CARMEN BEATRIZ c/ EXPRESO NUEVE DE JULIO S.A. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.
Daños y perjuicios por un accidente de tránsito sufrido como pasajera
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, aumentando la indemnización por incapacidad psicofísica a $6.000.000 y por daño moral a $3.000.000. Confirmó el reconocimiento de los gastos por tratamiento psicológico recomendado ($135.000) y la inoponibilidad de la franquicia a la víctima.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La incapacidad física y psíquica deben valorarse en forma conjunta, como una merma en la capacidad productiva.
- Para determinar la indemnización, además de los porcentajes periciales, se deben ponderar las condiciones personales de la víctima.
- El daño moral incluye el sufrimiento y la angustia ocasionados por el accidente.
- La franquicia es inoponible al tercero damnificado, conforme doctrina plenaria.
- Corresponde aplicar la tasa activa del Banco Nación desde el hecho hasta el pago, salvo que genere un enriquecimiento indebido.
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