G, J. D. S/ABUSO SEXUAL ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE AGRAVADO
El Ministerio Público Fiscal solicitó la aplicación inmediata de la Ley 11.222 en un caso de abuso sexual. La Cámara de Juicios declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 de dicha ley, permitiendo que el proceso continúe bajo la Ley 10.746 de Juicio por Jurados.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (MPF)
¿A quién se demanda?
G.J.D.
- Objeto de la demanda: Solicitud de aplicación de la Ley 11.222 en un proceso penal.
- Decisión del tribunal: Se declara la inconstitucionalidad del artículo 2 de la Ley 11.222 y se rechaza la declinatoria de competencia del MPF.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La aplicación de la nueva ley, indefectiblemente conlleva retrotraer el procedimiento a la instancia de Garantías, renovándose de esa manera toda la etapa intermedia, lo que implica desconocer los criterios jurisprudenciales relacionados tanto en los fallos de orden local como en los de la Corte Federal." "La inaplicación de la norma en cuestión solo puede realizarse en la medida que en las concretas circunstancias de la causa aparezca su contradicción con la carta magna." "Por todo lo expuesto, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley N° 11.222, por resultar inaplicable al presente caso."
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