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MEDVESCIGH, RAMIRO GASTON C/ INCO SAS S/ MEDIDA CAUTELAR EMBARGO PREVENTIVO

El recurrente INCO SAS apeló la denegación del levantamiento de un embargo preventivo sobre un inmueble. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la medida cautelar es necesaria para garantizar el resultado del juicio.

Recurso de apelacion Medida cautelar Embargo preventivo Verosimilitud del derecho Obligacion de adjudicacion Proteccion de derechos Garantia de cobro Provisionalidad Decision de primera instancia Costas a la recurrente

Actor: INCO SAS Demandado: Medvescigh Ramiro Gastón Objeto: Levantamiento del embargo preventivo sobre un inmueble. Decisión: Se rechazó el recurso de apelación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las medidas cautelares son absolutamente provisionales dada su misma naturaleza, y por ende pueden ser revisadas, modificadas, modalizadas, reemplazadas, etcétera, durante cualquier momento del proceso de existir argumentos que así lo justifiquen." "La verosimilitud del derecho se presenta con una robustez ineludible, derivada del reconocimiento expreso efectuado por la propia recurrente respecto de su obligación de adjudicar al incidentista 60 metros cuadrados propios." "La ausencia de actos actuales de ocultamiento o despatrimonialización fraudulenta no implica una garantía de que la deudora no pueda eventualmente -en el futuro
- incumplir sus obligaciones."

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