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CORTADA, MICAELA MARIA c/ ACOSTA VANEY, MACARENA ANDREA s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC. TRAN. SIN LESIONES )

La actora demandó por daños en colisión de automotores. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia, estableciendo un régimen de intereses diferenciales.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Intereses Danos y perjuicios Costas Colision de automotores


¿Quién es el actor?

Micaela María Cortada

¿A quién se demanda?

Macarena Andrea Acosta Vaney; Boston Compañía Argentina de Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación de daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la responsabilidad atribuida a la demandada, pero modificó parcialmente la sentencia en cuanto a la aplicación de intereses. Estableció que corresponde aplicar una tasa del 8% anual desde el hecho hasta la peritación, y desde allí la tasa activa del Banco Nación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La responsabilidad es objetiva por el riesgo o vicio de las cosas, correspondiendo a la demandada probar las eximentes.
- El peritaje concluyó que el vehículo de la demandada se interpuso en la trayectoria del de la actora, lo que no fue debidamente controvertido.
- Respecto a los daños materiales, el monto fijado está sustentado en el peritaje y no corresponde reducirlo.
- En cuanto a los intereses, corresponde aplicar una tasa pura del 8% anual desde el hecho hasta la peritación, y desde allí la tasa activa del Banco Nación.
- Las costas deben imponerse a la demandada, dado que la actitud de no reconocer deuda alguna obligó a tramitar el juicio.

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