FERRARA, MARIA ANGELICA JOSEFINA c/ STEIMAN, EDUARDO Y OTROS s/NULIDAD DE ESCRITURA/INSTRUMENTO
La actora promovió demanda por nulidad y daños derivados de operaciones inmobiliarias fraudulentas. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil declaró parcialmente la inexistencia de algunas escrituras y condenó a una de las demandadas al pago de una indemnización por daño moral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, María Angélica Josefina Ferrara, demandó a Eduardo Steinman, María Laura Fauzon de Vivanco, Graciela Beatriz Cortopassi y Gregorio Lucas Bagdassarian, solicitando la nulidad de escrituras públicas y la indemnización por los perjuicios sufridos.
La Cámara hizo lugar parcialmente a la demanda. Declaró la inexistencia parcial de la escritura n° 185 del 18/8/2004 y la nulidad parcial de la escritura n° 48 del 27/6/2005, ordenando la reinscripción a nombre de la actora del 12,5% del inmueble. Asimismo, condenó a Graciela Beatriz Cortopassi a pagar $2.000.000 en concepto de daño moral, por considerar que su accionar fue doloso.
Los fundamentos principales fueron:
- La teoría de la inexistencia de los actos jurídicos permite declarar ineficaces actos que carecen de los elementos esenciales, como la venta a non domino realizada por quienes no tenían la propiedad. Estos actos no están amparados por la protección a terceros adquirentes de buena fe.
- El daño moral debe indemnizarse conforme a la regla de los "placeres compensatorios", fijando una suma que permita a la víctima procurarse actividades y satisfacciones que mitiguen el padecimiento sufrido.
- Los agravios de las demandadas resultan insuficientes para desvirtuar la responsabilidad por daño moral, al no cuestionar concretamente los fundamentos de la sentencia.
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