AGUILAR, CLAUDIA ELENA c/ RIVEROS QUISPE, ROGERS ERWIN Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó parcialmente la sentencia y modificó los montos indemnizatorios por tratamiento psicoterapéutico.
- Actora: Claudia Elena Aguilar
- Demandados: Rogers Erwin Riveros Quispe y Andrés Abelino Odiaga Huaman
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia, modificando el monto por tratamiento psicoterapéutico de $190.000 a $100.000. Difirió el tratamiento de la cuestión sobre intereses moratorios y límite de cobertura para la etapa de ejecución.
Fundamentos relevantes:
- La indemnización por incapacidad sobreviniente debe considerar no sólo el aspecto laboral, sino también las consecuencias en la vida personal, social y de relación de la víctima.
- El daño psíquico no es un rubro autónomo, sino que se considera dentro de la incapacidad.
- El tratamiento psicoterapéutico constituye un rubro autónomo e independiente, cuya estimación debe hacerse prudentemente por el juez.
- Los intereses deben aplicarse a la tasa activa, salvo que genere un enriquecimiento indebido, lo que debe ser probado por el deudor.
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