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BUERA, CECILIA ANALIA Y OTRO c/ RIZZO GAS SRL s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó la indemnización por incapacidad sobreviniente.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Prioridad de paso Indemnizacion Incapacidad psiquica Valor presente de renta

Indemnización por daños derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y aumentó la indemnización por incapacidad sobreviniente de Aquino a $3.500.000. Confirmó el resto de lo decidido. Fundamentos principales:
- La responsabilidad se atribuyó al demandado por haber incumplido la prioridad de paso del actor Aquino, quien circulaba por la derecha.
- Respecto a la incapacidad física, se desestimó por falta de prueba sobre las lesiones y su relación causal con el accidente.
- En cambio, se confirmó la incapacidad psíquica del 10% informada por la perito psicóloga, por considerar que el informe contaba con el debido respaldo.
- Para determinar la indemnización por incapacidad psíquica, se aplicó la fórmula de valor presente de una renta constante no perpetua, teniendo en cuenta el salario, la edad de la víctima y la esperanza de vida.
- Los demás rubros indemnizatorios (tratamientos, daño moral) fueron confirmados.

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