RAMOS MORA, SEBASTIAN JOAQUIN c/ EN - M JUSTICIA Y DDHH s/INDEMNIZACIONES - LEY 24043 - ART 3
El Estado Nacional solicitó la devolución de IVA abonado en exceso por honorarios profesionales. La Cámara Contencioso Administrativa Federal hizo lugar a la solicitud, argumentando que la condición tributaria del letrado al momento del pago era de monotributista.
¿Quién es el actor?
Estado Nacional (Ministerio de Justicia)
¿A quién se demanda?
Federico Casiraghi
- Objeto de la demanda: Devolución de IVA abonado en exceso por honorarios.
- Decisión del tribunal: Se ordena la devolución de las sumas abonadas en exceso en concepto de IVA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Ley de Impuesto al Valor Agregado establece que el hecho imponible del IVA sobre los honorarios regulados judicialmente se perfeccionará con la percepción, total o parcial del precio, o en el momento en que el prestador haya emitido factura, el que sea anterior." "La modificación de la situación fiscal de los profesionales frente al IVA no puede proyectarse sobre una relación crediticia ya extinguida por el pago." "Las circunstancias sobrevinientes resultan ineficaces para alterar o modificar aspectos de la relación jurídica existente entre ellos y la obligada al pago."
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